NOTA DE ACTUALIZACIÓN: En el Proyecto de Reforma de la Constitución Venezolana, aprobada por la Asamblea Nacional el 2 de noviembre de 2007, el ART. 156.30 fue cambiado.
Así Los términos en que quedó incluyen únicamente a la Telefonía Básica como Servicio Público, cuya regulación correspondería al Poder Nacional.
Esto excluye las consideraciones hechas el 27 de septiembre de 2007 en el artículo LA REFORMA CONSTITUCIONAL Y LAS TELECOMUNICACIONES, relativas a la Televisión Por Suscripción.
13 noviembre 2007
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1 comentario:
NOTA: La Reforma Constitucional fue rechazada en referendum de 2 de diciembre de 2007.
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