Se vive en México la movilización social, política y jurídica de un impulso reformador, el cual irrumpió con voz alta y voluntad férrea, en un procesos que quizá pueda entenderse iniciado en 1968, con las protestas y masacre de Tlatelolco, pasando por otros hitos históricos como el asesinato de Luis Donaldo Colosio en 1994, las protestas por denuncias de fraude electoral hechas por López Obrador y el PRD, llegando al apogeo con su elección como presidente de México en 2018 y la continuidad de su partido MORENA en el poder, a través de la nueva presidente Claudia Sheinbaum.
Se trata de un clamor social, de un grito de justicia en un país enorme en todos los sentidos, incluyendo sus problemas y complejidades, análogos -quizá por su identidad hispanoamericana- a Sudamérica y su realidad social, política e histórica.
Ese clamor, también presente desde la Patagonia hasta Centro América, no es nuevo ni ha sido resuelto en los cortos 200 años de historia independiente de nuestros países.
Sin embargo no han sido pocos los movimientos políticos que han ofrecido soluciones, frecuentemente mesiánicas, no exitosas, no sostenibles, pasadas por ideologías extremas y poco efectivas, acompañadas de la tentación de cambiar las Constituciones Políticas, buscando la legitimación nacional.
De hecho, desde la independencia de España, han existido cientos de Constituciones en los países de la región, siendo Venezuela el país con más cambios con un total de 29 Constituciones y Argentina en el otro extremo con 3 Constituciones en su historia republicana.
Las Constituciones Políticas de los países, son un cuerpo legal que se ubica en el tope de la Pirámide Jurídica.
Siendo así, y en pureza conceptual de la Teoría del Derecho Constitucional, se trata de un conjunto de declaraciones de principios, en el marco de la organización republicana, atinente a:
· Organización del Territorio, Nacionalidad y Forma de Gobierno;
· Organización de los Poderes Públicos, vertical y horizontalmente, incluyendo sus competencias;
· Descripción / inclusión de los Derechos de los ciudadanos, desde la nacionalidad y ciudadanía, hasta el derecho de propiedad privada, libertad religiosa, propia imagen, afiliación política, igualdad de todos ante la Ley, Debido Proceso, Libertad de Expresión (Derechos Políticos, Económicos, Sociales, Personales);
En el desarrollo de la técnica legislativa constitucional, no pocas veces se ha sucumbido a la generación de normas específicas, las cuales se transforman en normas constitucionales de difícil interpretación y ejecución, generando complejidades difíciles de resolver.
En ese mismo orden de ideas, la permanencia o estabilidad constitucional, es un factor que cataliza el progreso y la narrativa nacional, dentro de un conjunto de principios, los cuales si bien no pueden ser inamovibles, deben ser relativamente fijos, garantizando la seguridad jurídica en el tiempo.
Es así como toda Constitución, incluye los mecanismo de su cambio, habiéndose desarrollado en el tiempo 2 conceptos fundamentales, el de la Enmienda Constitucional (Cambios específicos y puntuales) y el de la Reforma Constitucional (Cambios de Fondo y Amplios). Los procesos de Reforma y/o de Enmienda suelen involucrar tanto a los Poderes Públicos existentes (Poder Constituido) como al pueblo (Poder Constituyente o Poder Originario) directamente usando los mecanismo de participación como la elección de representantes y el Referéndum, como a través de los miembros del Poder Legislativo, los cuales son representantes del pueblo. La Constitucionalidad de las Reformas y de las Enmiendas, está siempre sujeta a revisión a través de los mecanismo de Control Concentrado y Control Difuso de la Constitucionalidad, garantías de la Seguridad Jurídica y de la Nomofilaquia.
En México no se ha diferenciado legalmente entre Reforma y Enmienda, y en todo caso es responsabilidad de Poder Legislativo discutir y aprobar los cambios a la Constitución, los cuales para que surtan efectos legales en todo el país, deben ser aprobados por un mínimo de 17 Estados a través de sus Congresos, el 53% de los 32 existentes y autónomos en la Federación. Todo lo cual esta obviamente sujeto a la revisión de la Suprema Corte de Justicia, órgano que concentra el control de la constitucionalidad en México, y los Tribunales Federales y Estatales en su forma de control Difuso.
Pero, ¿cuántos procesos reformadores de constituciones latinoamericanas han sido finalmente exitosos? Y por exitosos me refiero a creadores de un verdadero impulso del crecimiento económico, eliminación de la pobreza, y mejoramiento real y sostenible de la calidad de vida de los ciudadanos, contrastado esto con la mera pulsión de cambiar la Ley Fundamental, imposible de resistir por parte de quienes llegan el poder, cargados de títulos y conceptos pasados por temas ideológicos, más que por principios y valores que construyan el bienestar y el progreso. La experiencia reciente es variada, y aun así consistente.
En Venezuela, entre los años 1999 y 2000, en medio de un complejo proceso político que rompió el bipartidismo de 40 años, y luego de un intento fracasado de reforma constitucional adelantada en el Congreso y en el marco de la Constitución, con la anuencia de los poderes públicos constituidos, y por medio de un Referéndum, se acordó cambiar “Reformar” la Constitución vigente.
La entonces Corte Suprema de Justicia, avaló la creación de una Asamblea Constituyente, al margen de la misma constitución, fundamentada en los postulados sobre el poder constituyente originario del pueblo. Tras meses de discusión, esa Asamblea Constituyente sometió a Referéndum el proyecto de nueva Carta Magna.
Se aprobó una reforma constitucional, cuyos cambios de fondo no fueron realmente impactantes en términos de principios, más fueron las formas que el fondo, como por ejemplo el cambio del nombre oficial del país, la eliminación del Senado, la expansión de la participación política a través de Referendos Revocatorios, y Aprobatorios, y la creación de 2 poderes públicos adicionales (Poder Electoral & Poder Ciudadano) redundantes y rimbombantes en cualquier caso.
Veinticuatro años después, con una constitución “nueva”, Venezuela vive uno de sus peores momentos políticos, económicos y sociales, con casi el 20% de su población emigrada, y una dictadura en toda regla. Y todo en absoluta y flagrante violación de la Constitución “Bolivariana”, cuya promulgación solo sirvió de instrumento para el asalto y neutralización de la División de Poderes (Garantizada en esa nueva Carta Magna) y la toma del control total del país por parte de quienes lo gobiernan.
Quedo claro entonces que el impulso transformador de la constitución, no logró apalancar el tan esquivo bienestar y desarrollo nacional.
En Chile entre 2019 y 2023 se intentó un proceso de reforma de la constitución pinochetista de 1980, la cual sigue vigente a más de 30 años del fin de la dictadura, y la cual, según muchos, es la base de alegadas injusticias en ese país.
Dicha fuerza reformadora, a manos de los sectores de izquierda, enfurecida con las atrocidades de la dictadura y el fracaso del plan socialista de Allende, impulsaron violentas protestas en 2019, las cuales terminaron en un consenso social de necesidad de cambio constitucional, con la convicción generalizada de que sin la reforma constitucional Chile estallaría.
Tras la presentación de 2 proyectos de reforma uno en 2021 y un segundo en 2023, los chilenos rechazaron en sendos referendos dichos cambios. Las dificultades de llegar a acuerdos razonables para todos los sectores del país, llevaron al fracaso dicho impulso reformador.
Hoy Chile sigue siendo un país que crece, con estándares de vida difíciles de ver en Latinoamérica, y todo en relativa sana paz, con la misma Constitución, cuyo cambio parecía ser crítico para el futuro en 2019, y cuyo efecto en dicho fracaso aún está por verse.
Colombia, un inmenso éxito. En 1991 Se culminó un paradigmático proceso de Reforma Constitucional, adelantado por una Asamblea Constituyente, el cual terminó en una Carta Magna llena de principios y valores democráticos, tales como la progresión de los derechos humanos, la profundización de los mecanismo de participación de la sociedad civil, la modernización del sistema judicial entre otros, todo derivado de la experiencia y desarrollo legal colombiano.
Esta exitosa reforma puede considerarse como precursor fundamental de la “pacificación” de las guerrillas que acorralaron durante décadas a la población, logrando el verdadero consenso nacional, y sin embargo, no fue sino hasta 2016 (25 años después) que se logró el desarme de las FARC y las Autodefensas, apuntalando el progreso y desarrollo de Colombia.
En México, un país cuya estabilidad constitucional es de las mayores de Hispanoamérica, con una Constitución Política que data de 1917, la cual ha tenido cientos de reformas puntuales (en otras legislaciones se entenderían como enmiendas) y donde los grupos políticos y sociales más influyentes retuvieron durante más de 70 años el poder para luego dar paso un bipartidismo, quebrado en 2018 con el triunfo de la izquierda, se viene planteando desde 2020 una reforma constitucional, ahora ampliada, la cual se ofrece como necesaria para la transformación del país y la cual serviría a la solución de gran parte de los problemas (corrupción, violencia, pobreza, ineficacia judicial, entre otros).
Al igual que en toda la América hispana en México la deuda social es inmensa, los niveles de pobreza son altos, la tan cacareada igualdad ante la ley falla en demasiadas ocasiones, el acceso al bienestar, a pesar del éxito económico del país, se hace esquivo a las masas.
En esa realidad se plantea la Reforma de la Constitución, son 18 las propuestas, y todas parecen estar justificadas en esa voluntad de justicia, desde la Reforma del Poder Judicial -ya aprobada y sujeta en este momento a varios amparos que piden sea declarada inconstitucional- hasta la inclusión / constitucionalización de Beneficios Sociales tales como el Salario Mínimo y la vuelta a fondos públicos de las Pensiones, pasando por el reforzamiento del poder del ala militar, el fortalecimiento de un Centralismo que elimina Entes Autónomos Constitucionales, y la posible reserva al Gobierno Federal de algunas actividades económicas de interés nacional. ¿Son estos temas realmente constitucionales o deberían resolverse con cambios de Leyes que ejecuten la Constitución?
Y en definitiva, la gran pregunta es si efectivamente, estas reformas y/o cualquier otra realmente, llevarán a México a una situación en la que finalmente se encamine la solución de la gran pobreza que daña a su gente, y se logre estándares de vida mejores para todos.
Así, resulta importante entender cuáles son los principios e ideas que iluminan la Reforma Constitucional y si el propósito final es consistente con esas ideas y con los principios establecidos en la actual Constitución.
Como base, el Liberalismo ha sido desde hace siglos la ideología que ha ilustrado la creación de las formas republicanas de gobierno, con su división clásica de poderes y la posibilidad de control entre los mismos, derivada de su autonomía legal, incluyendo el sistema federal de gobierno en el caso concreto de México, el presidencialismo (Jefe de Estado y de Gobierno en una misma figura) y el respeto y protección de los Derechos de los ciudadanos, empezando por la libertad, La propiedad, la autodeterminación personal, el Debido Proceso Judicial y su asimilación a las formas asociativas civiles y mercantiles.
Todos estos principios están presentes en la Constitución vigente de los Estados Unidos Mexicanos, y entonces, ¿Que queremos cambiar?
¿Estamos realmente seguros que no basta con cambios en las leyes que ejecutan la Constitución? Y más aún, ¿Estamos seguros de que lo que hay realmente no sirve? ¿Nuestros problemas en México se derivan de la Constitución o del permanente incumplimiento de la Ley?
Lamentablemente la historia de Hispanoamérica, y otros antes que nosotros, es tremendamente esclarecedora, no importa qué diga la Constitución o las Leyes, si no hay voluntad verdadera de Cumplirla y Hacerla Cumplir, función primera y esencial del Poder Ejecutivo por cierto.
No hay posibilidad de avance y solución de los temas que nos aquejan sin una voluntad de cumplimiento. Cambiar las normas constitucionales no resuelve los problemas, ha quedado claro tras dos siglos de intentos en nuestra región.
Cambiar todo, para no cambiar nada… es lo que la historia nos ha enseñado sobre estos cambios o reformas en Hispanoamérica, los cuales han favorecido la permanencia en el poder de los grupos que lo detentan en el momento, en detrimento del desarrollo de nuestros países y la solución de nuestros graves problemas sociales.