25 diciembre 2010

REFORMA DE LA LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES EN VENEZUELA ~ Reversión de la Liberalización de las Telecomunicaciones


En la ley Orgánica de Telecomunicaciones ha quedado reformado y agregado:


1) Se disminuye el período de tiempo de duración de las Habilitaciones Administrativas y sus Atributos, así como las Concesiones de Uso y Expotación del Espectro Radioeléctrico de 25 a 15 años;

2) Se abre el camino a la re-publificación de las Telecomunicaciones en Venezuela al establecer que los mismo son Servicios de Interés Público, cambiando la naturaleza de los mismos que antes se consideraban de Interés General;

3) Se incluyen a los Servicios de Producción Nacional Audiovisual dentro del campo de regulación de las telecomunicaciones, lo cual obliga a todos aquellos productores nacionales de contenidos colocados en estructura de programación contínua y colocados como canal de televisión a través de operadoras de Servicios de Televisión por Suscripción a obtener un Permiso especial de CONATEL para poder aparecer en la pantallas de dichos operadores;

4) Se establece un nuevo tipo de Título Habilitante denominado "Permiso" el cual se refiere a actividades temporales;

5) Se establece que CONATEL administrará los nombres de dominio para internet de primer nivel .VE;

6) Queda establecida la posibilidad de Regulación de Tarifas en la prestación de los Servicios de Telecomunicaciones, a traves del Organo Rector. Las tarifas de los servicios de Telefonía Básica y los Servicios Universales, serán regulados;

7) Se Regula la prestación de Servicios de Capacidad Satelital, a traves del otrogamineto de Permisos, imponiendose además un tributo de 0,5% anual sobre los montos facturados;

8) Se elimina la posibilidad de cesión ó transferencia de Habilitaciones Administrativas, por ningún título;

9) Se crean restricciones a los accionistas y personas juridicas que hayan sido objeto de revocaciones de Habilitaciones Administrativas y/o Concesiones de Uso y Explotación de Espectro, para la obtención de nuevos Títulos para prestar servicios de Radio y Televisión;

10) Se abre un nuevo rpocedimiento de Transformación de Titulos, con el cual se propone una especie de revalidación de los Títulos que no han sido transformados por CONATEL en los términos que establecia la Ley vigente desde 2000. Los Operadores deberán ratificar sus solicitudes so pena de ser declaradas renunciadas;

11) Se autoriza a CANTV a prestar el servicio de Televisión por Suscripción;

12) Se obliga a los Operadores a armonizar sus Redes a los fines de la interconexión adecuada. Igualmente El Organo Rector, podrá dictar normas que regulen el despliegue de redes;

ENLACES A: REFORMA LEY DE TELECOMUNICACIONES & REFORMA LEY DE CONTENIDOS

A continuación encontrarán los enlaces a los Proyectos de Leyes Aprobados por la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela.

1) LEY ORGÁNICA DE TELECOMUNICACIONES

2) LEY DE RESPONSABILIDAD SOCIAL EN RADIO, TELEVISIÓN Y MEDIOS ELECTRÓNICOS

TELEVISIÓN DE ALTA DEFINICIÓN (HDTV) & TELEVISIÓN DIGITAL (TDT)


Conviven con nosotros desde hace algún tiempo un conjunto de nuevas tecnologías con nuevas siglas, en la prestación de servicios de televisión abierta y televisión por suscripción, las cuales suelen confundirnos y que pueden convertirse en un obstáculo a la hora de elegir la compra del receptor del servicio (El Terminal), lo que antes simplemente denominabamos el televisor.

Hay tres temas que diferenciar, aunque realmente caminan tomados de la mano, y así serán tratados:

1) La Televisión Digital (TDT);
2) La Televisión de Alta Definición (HDTV);
3) Los aparatos de Televisión ó Terminales aptos para la recepción de los servicios;

Es un hecho que los primeros 20 años de éste siglo verán desaparecer la Televisión Analógica, es decir verán la muerste del servicio de televisión, fundamentalmente abierta, como lo conocemos.

Televisión Digital Terrestre

En una especie de carrera contra el tiempo, los países de los distintos continentes, con diferentes estándares y a diferentes tiempos, con intentos de armonización liderizados por la UIT, han venido estebleciendo cronogramas para el establecimiento de la TDT, la cual en términos generales permite una mejoría en la emisión y recepción así como en la calidad de las señales de televisión por ondas terrestres, multiplicando además la posibilidad de inclusión de señales por cada canal, así como la transmisiónd de canales en Alta Definición (HD).

Existen tres normas técnicas ó estándares definidas: la estadounidense (ATSC), la europea (DVB-T) y la japonesa (ISDB-T).

* ATSC: diseñado para agregar un transmisor digital a cada transmisor NTSC sin interferencias entre las señales. Desarrollado y utilizado en Estados Unidos y adoptado o en uso en Corea del Sur, Canadá, México, Guatemala, El Salvador y Honduras con capacidad para transmitir en HD. La norma correspondiente a recepción en teléfonos móviles, denominada ATSC Mobile DTV ha sido desarrollada pero no está integrada a la norma y aún tardará en implantarse del todo.

* DVB-T: es portátil y se ha probado con éxito a velocidades de hasta 170 Mbps. En adopción o en uso en los países europeos, Colombia, Panamá, Uruguay, India, Sudáfrica, Australia y algunos países asiáticos. Para mejorar sus capacidades y corregir algunas de sus debilidades y limitaciones, actualmente está en desarrollo e implementación de prueba el nuevo sistema DVB-T2 que requerirá de nuevos decodificadores debido a que se planea que coexista con el antiguo DVB-T, desde 1997, pero no se espera que arranque en firme sino hasta después del apagón analógico que liberará buena parte del espectro electromagnético ya saturado en Europa.[2]

* ISDB-T: es una norma desarrollada en Japón que posee flexibilidad, puesto que se puede usar con anchos de banda para señal de 6, 7 y 8 MHz adaptándose fácilmente a cualquier parte del mundo. Es compatible con las normas analógicas NTSC y PAL, puede enviar señales de audio e imagen de calidad superior (FULL HDTV y sonido de audio con calidad CD o 5.1) o puede multiplexar hasta 4 canales de definición estándar y así optimizar el espectro radio eléctrico. También posee servicios multimedios con retorno y programas interactivos desde los hogares. Tiene la capacidad de transmitir a dispositivos móviles de forma gratuita y con la misma infraestructura existente en el canal de TV, con baja potencia es capaz de abarcar amplias extensiones de territorios accidentados como es el caso de Japón y gran parte del borde cordillerano y del Pacifico. Es la norma de TV digital oficial adoptada en Japón y que ha sido modificada en Brasil, siendo adoptada por este país seguido de Chile, Argentina, Perú y Venezuela además de otros países hispanoamericanos donde se realizan pruebas experimentales del sistema, puesto que estudian incorporarla como norma oficial.



Televisión de Alta Definición (HDTV)

La televisión de alta definición o HDTV (sigla en inglés de high definition television) es uno de los formatos que, sumados a la televisión digital (TDT), se caracteriza por emitir señales televisivas en una calidad digital superior a los sistemas tradicionales analógicos de televisión en colores (NTSC, SECAM, PAL).

Los términos HD ready ("listo para alta definición") y compatible HD ("compatible con alta definición") están siendo usados con propósitos publicitarios. Estos términos indican que el dispositivo electrónico que lo posee, bien sea un televisor o un proyector de imágenes, es capaz de reproducir señales en Alta Definición, aunque el hecho de que sea compatible con contenidos en esta norma no implica que el dispositivo sea de alta definición o tenga la resolución necesaria, tal y como pasa con algunos televisores basados en tecnología de plasma con menos definición vertical que televisores de años atrás (833x480 en vez de los 720x576 píxeles -anamórficos equivalen a 940x576-), los cuales son compatibles con señales en alta definición porque reducen la resolución de la imagen para adaptarse a la resolución real de la pantalla.

Desarrollo de la TDT y HDTV en los Países Latinoamericanos

Argentina

Argentina fue uno de los primeros países en adoptar una norma de TDT. Luego del estudio por parte de una comisión técnica (ATA, cámara argentina de proveedores y fabricantes de equipos de radiodifusión, cámara argentina de industrias electrónica, asociación de fabricas argentinas terminales de electrónica, ADECUA y la CNC), el 22 de octubre de 1998 se estableció de forma oficial estándar norteamericano ATSC[8] lo que motivo protestas por parte de Brasil, pues consideraban que era mejor tomar una decisión conjunta. Poco tiempo comenzaron las transmisiones de prueba, siendo Artear (Canal 13) la primera empresa en emitir en alta definición.

Sin embargo en 2006 el Gobierno Argentino nuevamente crea una comisión técnica de estudio, quien tras reunirse en un par de ocasiones sugiere la adopción del estandard japonés ISDB-T. Así el 31 de agosto de 2009 se abandona la norma ATSC y se adopta el estándar japonés.

A partir de Junio de 2010, comenzó la primera transmisión oficial en TDT utilizando la nueva norma a través de Canal 7. A pesar de que la cantidad de contenido en alta definición será muy limitada debido a la falta de equipamiento.

En lo que respecta a la televisación por cable, a partir de principios de noviembre de 2008, las empresas de cable Directv HD y Cablevision HD comenzaron a transmitir en HD mediante equipos ATSC.

Actualmente, la venta de televisores LCD y plasma HDTV está en aumento y cada vez es más frecuente encontrar en hogares de la Ciudad de Buenos Aires y el conurbano bonaerense, el servicio de televisión digital ofrecidos por los operadores de Cable. Mientras que en el resto del país sólo la Red Intercable a través de un sistema DVB-S como plataforma de contribución y DVB-C como plataforma de distribución, está presente en varias ciudades del interior del país.

El 29 de agosto de 2010 se realizó la primera transmisión en Vivo desde exteriores, al emitirse un partido del Mundial femenino de Hockey desde Rosario (Argentina - Sudáfrica). La empresa Pulsar Television HD fue contratada por la Televisión Pública para generar las imágenes que luego fueron vistas a través del sistema de Televisión Digital Terrestre y empresas de cable que emitían la señal TV Pública Digital.

Se espera que ocurra el apagón analógico el 1 de septiembre de 2019.


Brasil

Brasil fue el único país donde emisoras y el equipo de las industrias emergentes eran parte de las pruebas de laboratorio y campo para comparar la eficacia técnica de las tres normas tecnológicas existentes. La Universidad Presbiterian Mackenzie, junto con el equipo de NEC, ha realizado varias pruebas que condujeron a la elección de ISDT-B en forma modificada. El Instituto de la Universidad de São Paulo que en su laboratorio de sistemas integrados, que es crear una transmisión plenamente brasileño de forma predeterminada. TV digital en el Brasil llegó a 20: 48 de 2 de diciembre de 2007, con un discurso del Presidente de la república. Inicialmente en São Paulo de forma predeterminada japonés con algunos ajustes. El 20 de abril señal alto - definición ha sido liberado por Rede globo sólo en la región metropolitana del Gran río. También HDTV ya está presente en Campinas, Goiânia, Belo Horizonte, Porto Alegre, Curitiba, Florianópolis y Salvador de Bahía, las dos últimas en la fase experimental. Santos es la segunda ciudad del interior para recibir la señal digital, en marzo de 2009.

Se espera que ocurra el apagón analógico el 29 de junioo de 2016.

Colombia

En Colombia, el sistema de televisión digital elegido es el europeo (DVB-T). La decisión de la Comisión Nacional de Televisión fue anunciada el 28 de agosto de 2008, después de diferentes retrasos y negociaciones. Colombia decidió operar con el sistema de compresión MPEG-4. El apagón analógico está programado para el año 2019.

El primer operador de televisión en ofrecer HD fué Colombia es DirecTV (satelital). En el primer semestre de 2010 se empezó a ofrecer por parte de los operadores Telmex Colombia (cable), Une (Iptv) y Telefónica Telecom (satelital).

México

La compañía de televisión mexicana Televisa empezó a hacer emisiones experimentales en HDTV a principio de los años 90 en colaboración con la compañía japonesa NHK pero estas eran señales analógicas en formato MUSE (Formato que está siendo reemplazado por ISDB-T) lo que hizo a la primigenia HDTV Mexicana comercialmente "inviable". Al día de hoy ya se cuenta con señal de alta definición digital en las principales ciudades del país, y la cantidad de los dispositivos HDTV va creciendo en proporciones importantes.

Durante la primera mitad de 2005, al menos un proveedor de cable en la Ciudad de México (Cablevisión) empezó a ofrecer cinco canales en HDTV a los suscriptores que comprasen un grabador digital de vídeo (DVR).

A mediados de Abril de 2010, el servicio de paga satelital SKY lanzo su servicio HD para los suscritores que coprasen un decodificador SKY+HD actual mente con 22 canales en HD

El estándar seleccionado para la transmisión de TDT fue el norte americano ATSC y se espera que ocurra el apagón analógico el 31 de diciembre de 2021.


Chile

El día 14 de septiembre de 2009, la ex-presidenta Michelle Bachelet anunció que Chile optó por la norma ISDB-Tb (MPEG-4). El ministro René Cortázar dijo que la nueva norma se escogió por la mejor calidad de recepción, por la mayor cantidad de señales y por la opción de operar TV por celular.

El Canal de la Pontificia Universidad Católica de Chile (Canal 13 - UCTV) ha realizado pruebas de HDTV bajo la norma ATSC en frecuencia 12.1 VHF por más de dos años, y desde noviembre de 2006 bajo la norma DVB-T en frecuencia 21 UHF y bajo la norma japonesa por el canal 24. Se planificó realizar pruebas bajo norma DVB-H en el corto plazo. Actualmente en Chile, Canal 13 hace pruebas con el sistema japonés, transmitiendo con muy baja potencia y abarcando gran parte de Santiago a nivel de recepción fija. En cuanto a la recepción móvil, ésta es recibida sin ningún problema.

Actualmente la emisión de Canal 13 en ISDB-T se hace en el canal 24, emitiendo un documental sobre Santiago de Chile en idioma japonés a 1080i.

Las transmisiones digitales comenzaron de forma experimental en 1995, emitiendo desde Punta Arenas, notas periodísticas en imagen digital comprimida, experiencia usada muy a menudo en el Departamento de Prensa y luego en otras regiones del país, como las de Arica Parinacota, de Los Ríos, de Los Lagos, del Bío Bío y de Aisén. Se suma a ello algunas transmisiones vía fibra óptica en Cuba.

Televisión Nacional de Chile (TVN), entre noviembre de 1999 y mayo de 2000 realizó transmisiones experimetales de HDTV bajo la norma ATSC en frecuencia 8 VHF. A noviembre de 2007, TVN transmite señal de prueba en ATSC en canal 33 UHF, 4 señales SDTV en la misma frecuencia.

En septiembre de 2007 , se crea una comisión veedora para la TDT con un plan pionero en el mundo. Consta de elegir 160 familias que podrán utilizar las 3 normas en juego (ISDB-T , DVB-t y ATSC) al mismo tiempo y podrán evaluarlas. El gobierno mediante la subtel llevarán todos los equipos hasta el hogar del voluntario, ya sean decodificadores o televisores HD, para que éste pueda dar sus impresiones sobre cada norma.

El 14 de septiembre de 2009, Chile optó por la norma Japonesa-Brasileña para la Televisión Digital. Dada las condiciones geográficas, esta norma es la óptima certificada por estudios universitarios que avalan la elección. Ahora, sólo falta que en el Congreso se apruebe la regulación pertinente para que las transmisiones sean legales en el país.

Inmediatamente después de elegir la norma de TDT, SUBTEL entregó licencias de pruebas de TDT (desde el día 15 de septiembre del 2009) a TVN, Chilevisión y Canal 13, los que están emitiendo bajo la norma ISDB-T HD/ONE-SEG en modo de prueba hasta que en el congreso apruebe la regulación.[cita requerida]

Canal 13 fue la primera señal abierta que ofrece sus contenidos en Alta Definición, a partir del 16 de noviembre del 2009, a través de señal 813 del operador de cable VTR. Actualmente, tiene cerca del 40% de la programación en calidad full HD (con resolución 1920 x 1080) y relación de aspecto 16:9.[13] Asimismo, y con motivo de la Copa del Mundo Sudáfrica 2010, TVN HD comenzó a ser transmitida por las cableoperadoras VTR (Canal 807) y TuVes HD (Canal 71). Esto, a pesar de la negativa de TVN de que se utilice su señal por proveedores de TV de pago.

Perú

En noviembre de 2006, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) publicó en el diario oficial, una norma sobre la TDT y las bases para iniciar las transmisiones experimentales, en tal sentido se fijó la reserva de la banda 470-584 MHz, correspondiente a los canales desde el 14 hasta el 32 TV, para el desarrollo de la TDT. Además el MTC reservó los canales 29, 30, 31 y 32 en la banda UHF para pruebas de TDT. El 21 de febrero de 2007, mediante Resolución Suprema, se conformó la Comisión Multisectorial encargada de recomendar el estándar de TDT a ser adoptado por el Perú, la cual planteó el desarrollo de pruebas de campo entre finales de 2007 e inicios de 2008 para evaluar los estándares ATSC A/53 de Estados Unidos, DVB-T europeo y el ISDB-T de Japón.

Desde el 19 de junio de 2007 la cadena ATV transmitió en alta definición con el sistema ATSC en señal de prueba para la ciudad de Lima en el Canal 30 UHF. Estas transmisiones con un transmisor de 1 kW de potencia fueron captadas con total nitidez en gran parte de la ciudad central y era común observarlas en los televisores LCDs y plasmas que se exhiben en las tiendas por departamentos, luego se probó el sistema japonés ISDB-T con la misma potencia, habiéndose observado imágenes nítidas además en receptores hand-held. Durante esta etapa es que se transmitió en esta señal de prueba las Olimpiadas de Beijing en Alta Definición para la ciudad de Lima.

El 3 de diciembre de 2007 el MTC inicia la etapa final de selección del sistema con las llamadas pruebas de campo, las que se realizan transmitiendo imágenes diversas indistintamente entre los sistemas europeo y estadounidense a través del Canal 29 UHF en la ciudad de Lima. Los técnicos de la comisión se encargan de visualizar y analizar la señales en diversas circunstancias determinando cuál se ajusta mejor al país.

El gobieno peruano el 23 de abril de 2009, anunció que adopta norma ISDB-T japonés-brasileña con las mejoras tecnológicas que hubiera al momento de su implementación, tras aceptar la recomendación propuesta por la Comisión Multisectorial que se encargó durante 2 años de analizar las opciones frente a otras normas.[14] Japón y Brasil saludaron inmediatamente la medida y el proceso de implementación del estándar elegido se ha iniciado a partir de entonces.

La empresa Cable Mágico lanzó en Agosto del 2009 nueve canales en alta definición que incluyen 3 con producción peruana (aunque ninguno es Alta Definición sino upscaling de SD), entre los que destaca CMD HD encargado de transmitir el fútbol de campeonato local, partidos de Eliminatorias al Mundial de fútbol 2010 y los encuentros del Perú en la Copa Davis. Los canales peruanos no son transmitidos en verdadero HD por no contar todavía con programas filmados en ese formato, mas si los canales internacionales como ESPN HD, Fox-NatGeo HD, HBO HD, etc.

El 30 de Marzo de 2010 el canal del estado TV Perú comenzó en definitiva la transmisión en alta definición para Lima y Callao dándose inicio a la transmisión pública de ese tipo de señal ya que antes sólo estaba disponible a través de las empresas privadas de TV por cable. Al día siguiente el canal ATV hizo lo mismo, convirtiéndolo en el primer canal comercial de señal abierta en transmitir en señal digital, ATV emitió en HD el Mundial de Futbol Masculino Sudáfrica 2010.

En Setiembre del 2010, Red Global Canal 13 en Señal Analogica para Lima comienza a emitir su Señal Digital en Alta Definición por el Canal 22 UHF emitiendo los partidos de la UEFA Champions League y la UEFA Europa League de la Temporada 2010 y 2011 en Alta Definición; en este mismo mes, Frecuencia Latina inició oficialmente sus transmisiones en HD.

América Televisión y demás cadenas de cobertura nacional iniciarán sus transmisiones en HD próximamente.

Se espera que el apagón analógico ocurra en el año 2023.

Venezuela

En Venezuela luego de un conjunto de pruebas, arranques en falso y retrocesos, El Ministerio de Ciencia y Tecnología anunció el 6 de octubre de 2009 que el sistema de televisión digital (TDT) que se aplicará en el país será el Japonés-Brasileño SBTVD-T ó ISDB-T.

Las primeras pruebas se realizaron en el año 2008, utilizando para ello el canal del estado VTV, habiendose elegido preliminarmente el sistema europeo, sin embargo tras las verificaciones del caso y los convenios con japón y Brasil, se eligió el estándar ISDB-T.

En la actualidad no existe ningún canal de televisión abierta que haya iniciado la transmisión en señal digital.

Se espera que el apagón analógico ocurra en Venezuela el 1 de enero de 2020, mientras tanto las operadora de televisión por suscripción (Directv, Intercable) han iniciado la transmisión de canales de Alta Definición (HD) a través de sus plataformas tecnológicas.



Fuentes: Revista Producto #313, año 26, dic 2009 / UIT / CONATEL / Wikipedia.

16 diciembre 2010

REGULACIÓN DEL ACCESO A CONTENIDOS VERTIDOS POR INTERNET EN VENEZUELA

La actual Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión venezolana, inmensamente criticada, y aplicada de manera irregular e inconstante, data del año 2005 y ha servido en la práctica, para:

1) Controlar a los medios de comunicación que prestan el servicio de DIFUSIÓN (Televisión Abierta, Televisión por Suscripción, y Radiodifusión);

2) Imponer la difusión de contenidos acordes con la ideología política del gobierno a través de la creación del ACCESO GRATUITO Y OBLIGATORIO DEL ESTADO A ESPACIOS DE RADIO Y TELEVISIÓN y del control de la Producción Nacional Independiente a través de los Órganos dependientes del Poder Ejecutivo con la excusa de la Democratización del Uso del Espectro Radioeléctrico;

3) El apuntalamiento de las facultades presidenciales de imponer la transmisión obligatoria de Alocusiones presidenciales en Cadena Nacional de medios de difusión, ordenadas por el gobierno;

Nada mas lejos de la justifucación legal de proteger a los usuarios de los servicios de radio y televisión y el fomento de la Producción Nacional y Acceso de los ciudadanos al Espectro Radioeléctrico.

Así los resultados de la aplicación de dicha ley han sido tremendamente negativos para los usuarios del servicio de difusión (radio y TV), pues:

1) Los medios de comunicación han optado por AUTOCENSURAR sus contenidos por temor a represalias del gobierno al amparo de la interpretación de la ley, lo cual impacta en detrimento de la Libertad de Expresión;

2) La Producción Nacional Independiente se ha visto reducida a su expresión mínima pues debe cumplir con requisitos de inscripción en el Registro llevado por el Gobierno(MINCI), amén de los intentos de someterla a estándares impuestos de forma ilegal, a través de las Comisiones de Radio y Televisión, regentadas por el mismo gobierno;

3) Los Productores Nacionales Audiovisuales, han venido desapareciendo pues deben adecuarse a los estándares de la ley, sin los beneficios de contar con una Concesión de Uso del Espectro Radioeléctrico;

4) La inversión en contenidos de Producción Nacional ha bajado inmensamente y con ella la calidad de los mismos;

En virtud de tales circunstancias y con el crecimiento del acceso de la ciudadanía a los servicios de Internet, el acceso a contenidos libres y sin control es obtenido por los suscriptores a una velocidad vertiginosa, llamando así la atención del Estado, el cual se apresta a intentar controlar dicho espacio, aterrado con el impacto de las redes sociales de Twitter y Facebook, además de las páginas de Noticias y el auge de los Blog, en los cuales circula la información y la opinión.

Es necesario aclarar que los servicios de Internet se prestan a través de lo que en telecomunicaciones se denomina conexiones Punto a Punto, es decir por su naturaleza NO SON SERVICIOS DE DIFUSIÓN, pues cada usuario recibe en el momento en que así lo desee los contenidos que solicite y que estén disponibles en la red, eso hace de Internet un servicio absolutamente personalizado e individual, cuya regulación es incompatible con la de los medios que difunden sus contenidos para todos sus receptores de forma simultánea, con la misma señal, además de ser incompatible con las libertades individuales de los ciudadanos de acceder a la información de su preferencia y de expresarse libremente.

Así pues, la prestación de servicios de Internet, implica la puesta a disposición a los usuarios del ACCESO a la red, a traves de UN SERVIDOR propio ó de un tercero. Para la prestación de dicho servicio de telecomunicaciones se requiere de una Habilitacíón Administrativa (Licencia) a la cual tiene derecho cualquier proveedor que cumpla los requisitos legales, económicos y técnicos exigidos por la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, y aplicados a traves de competencias regladas de CONATEL (Organo Regulador de la Telecomunicaciones en Venezuela), diha Habilitación es esencialmente distinta a aquella que necesita obtener un operador de servicios de difusión, pues es evidente que se trata de servicos diferentes.

Así pues debemos aclarar tambien que, los Prestadores de Servicios de Internet (ISP) y los Prestadores de Acceso a Internet (IAP), no controlan los contenidos de la red a los que acceden sus suscriptores, pues no los producen, simplemente permiten a sus clientes el ACCESO a la red, con lo cual resulta absurdo pretender que dichos operadores sean responsables por dichos contenidos, como de hecho se ha establecido en la reforma de la ley.

La reforma de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión, ha incluido la regulación del acceso a dichos contenidos, obligando a los ISP e IAP a IMPEDIR dicho acceso a los usuarios del servicio a los contenidos PROHIBIDOS según el nuevo artículo 28 de la ley en discusión en la Asamblea Nacional de Venezuela.

La limitación de acceso a contenidos con características tan vagas como: - Aquellos que desconozcan la autoridad de los funcionarios elegidos, ó - Aquellos que fomenten la zozobra, denotan una vocación de censura que al sumarlas a las facultades sancionatorias y de cierre de prestadores de servicios, llevan directo a la irregular y discrecional AUTOCENSURA que deberán aplicar los Proveedores de Servicios (ISP e IAP), la cual dejará a los ciudadanos sin ésta herramienta para ejercer la Libertad de Expresión y la Libertad de Información garantizadas en nuestra Constitución.

A Continuación un extracto del artículo 28 del Proyecto de Ley, apribado en Priemar Discusión de la Asamblea Nacional y proximamente Ley de La República.

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Artículo 28
Prohibiciones
En los servicios de radio, televisión y medios electrónicos, no está permitida la
difusión de los mensajes que:

1. Inciten o promuevan el odio y la intolerancia por razones religiosas, políticas,
por diferencia de género, por racismo o xenofobia.
2. Inciten o promuevan y/o hagan apología al delito.
3. Constituyan propaganda de Guerra
4. Fomenten zozobra en la ciudadanía o alteren el orden público.
5. Desconozcan a las autoridades legítimamente constituidas.
6. Induzcan al homicidio.
7. Inciten o promuevan el incumplimiento del ordenamiento jurídico vigente.

Los proveedores de medios electrónicos deberán establecer mecanismos que
permitan restringir, sin dilaciones, la difusión de mensajes divulgados que se
subsuman en las prohibiciones contenidas en el presente artículo, cuando ello sea
solicitado por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones en ejercicio de sus
competencias, en cuyo caso se aplicará el procedimiento previsto en el artículo 33
de la presente Ley.

Los proveedores de medios electrónicos serán responsables por la información y
contenidos prohibidos a que hace referencia el presente artículo, en aquellos
casos que hayan originado la transmisión, modificado los datos, seleccionado a
los destinatarios o no hayan limitado el acceso a los mismos, en atención al
requerimiento efectuado por los órganos con competencia en la materia.
Parágrafo Primero: Los responsables de los medios electrónicos serán
sancionados con multa desde 50 hasta 200 Unidades Tributarias, cuando violen
cualquiera de las prohibiciones contenidas en el presente artículo.

Parágrafo Segundo: los proveedores de medios electrónicos que no atiendan las
solicitudes realizadas por los órganos competentes a los fines de dar cumplimiento
a las disposiciones de la presente Ley, serán sancionados con multa de hasta un
4% de los ingresos brutos generados en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior
a aquél en el cual se cometió la infracción.